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  • Comercio Exterior

    Importación - Exportación

    Medios de pago internacionales

    • Transferencia: Envío de fondos desde Argentina hacia el exterior

    Se podrán cargar las solicitudes de transferencias accediendo a la Web de servicios de Banco Bica.
    En caso que desee acceder a dicha web, deberá solicitar usuario y contraseña acercando a la sucursal del banco más cercana, los siguientes formularios:

    • Solicitud de servicios comex: 01.10.028.
    • Solicitud servicios web: 01.29.005.

    • Orden de pago: Envío de fondos desde el exterior hacia Argentina

    • Pago que  realiza el importador al exportador por intermedio de las Entidades Financieras.

    Este medio de pago se usa frecuentemente en la  llamada forma de pago en cuenta abierta. Es la que implica  mayor riesgo para el exportador.

    • Cobranza de exportación:

    • Es el medio de pago internacional mediante el cual un exportador entrega los documentos representativos de mercaderías o servicios a su banco, con la instrucción de enviarlos y entregarlos al comprador contra pago o aceptación de una letra de cambio, la presentación de un pagaré ó compromiso de pago a término.

    En resumen, es encargarle a una Entidad Financiera que gestione la cobranza de los documentos de embarque.

    Bajo esta modalidad, el exportador asume de los riesgos del importador, pues el banco no asume responsabilidad de pago.

    El marco legal para este medio de pago, es la publicación 522 de la Cámara de Comercio Internacional (CCI), además de las leyes locales y los propios códigos de funcionamiento interno de los bancos. Las cobranzas, básicamente, pueden ser simples o documentarias.

    • Carta de crédito de exportación (CDE):

    • Es el medio de pago internacional mediante el cual un banco a solicitud del importador, (comprador u ordenante), se compromete a pagar -a la vista ó a plazo- a un exportador (vendedor ó beneficiario) una cantidad determinada, siempre y cuando se cumplan todos los términos y condiciones de la carta de crédito.

    El marco legal ha sido recogido por la Cámara de Comercio Internacional y está constituido por las Reglas y usos uniformes relativos a los Créditos Documentarios, NUEVA BROCHURE 600, Vigente a partir de Julio 2007.



    Financiación de Comercio Exterior.

    Permite obtener  financiamiento  en las operaciones de comercio exterior, ya sea pre-financiaciones y financiaciones de exportaciones ó financiaciones de importaciones.

    • Pre-financiación de exportación:

    • Es la asistencia crediticia otorgada con anterioridad al embarque  de la mercadería y está destinada a financiar  el proceso  productivo de los bienes a ser exportados.

    • Financiación de Exportaciones:

    • Es la asistencia crediticia otorgada con posterioridad al embarque de la mercadería y está destinada a financiar los plazos de pago de la operación.

    • Financiación de importación:

    • Es la posibilidad de financiar  las  operaciones de importación  en forma anticipada (generalmente instrumentadas en la emisión de cartas de crédito) o bien las  operaciones amparadas por cobranzas documentarias o en cuenta corriente. El fondeo se instrumenta a través de líneas de corresponsales o con fondos propios de la Entidad.

    SEPAIMPO.

    • Seguimiento de pago de importaciones:

    • Mediante la Com. “A” 6037 y la resiente Com. “A” 6244 del BCRA, eliminó toda la normativa referente al seguimiento de pago de importaciones argentinas.

    SECOEXPO.

    • Seguimiento de cobro de exportaciones:

    • Toda exportación de bienes debe tener su contravalor en ingreso de divisas.

    El BCRA mediante Comunicación “A” 6244 y complementarias, mantiene el mecanismo destinado al seguimiento en el ingreso de las divisas de exportaciones argentinas, llamado (SECOEXPO).

    Para ello al oficializar el Permiso de Embarque ante la Aduana, se designa una entidad financiera que será la encargada del seguimiento  del cobro de exportación. Una vez ingresada las divisas en tiempo y forma se da el “cumplido de embarque”, caso contrario se reporta a BCRA. El cumplido sólo lo puede  otorgar  la entidad financiera nominada por el exportador.


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    Tel.: (0342) 450 2022

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